viernes, 12 de julio de 2013

NUEVO ÉXITO DE A.TEROL ABOGADOS: CONDENAN A BANKIA POR LA VENTA DE PARTICIPACIONES PREFERENTES Y OBLIGACIONES SUBORDINADAS A UN SEÑORA CON UN PERFIL “CLARAMENTE CONSERVADOR”.

El pasado día 3 de julio del 2013, el Juzgado de Primera Instancia nº22 de Valencia dictó una nueva sentencia contra Bankia, estimando íntegramente la demanda presentada por A. Terol Abogados, condenando, además, a las costas procesales a la entidad demandada.



En la sentencia se hace expresa referencia al perfil “claramente conservador” de nuestra cliente, una señora de 79 años, viuda y pensionista, que “se ocupó durante toda su vida de los asuntos propios de ama de casa”. La sentencia, nº 125/2013, expresa en sus fundamentos jurídicos quinto y sexto:

(…) Dada las características de estos productos no debieron comercializarse de modo indiscriminado, y desde luego nunca se debió recomendar a una persona como la actora, que se vio sorprendida en su buena fe, y dijo este señor que alguna otra persona de Bancaja la había asesorado.
En estos casos se habla de inversión de la carga probatoria, de forma que la entidad financiera debe demostrar su diligente actuación en las operaciones realizadas (S. AP de Valencia 12-07-12 y STS 14-11-05) cosa que no ha conseguido este caso, en el que ni siquiera se ha encontrado la documentación fundamental referida a este caso. Ello supone vulneración de los arts. 13 Ley 26/84 LCV y TR, DL 1/07, art. 60 y art. 79 LMV.


SEXTO.- La falta de una información adecuada y suficiente, provocó en la actora un error, entendido como un conocimiento equivocado de la realidad, pues la mencionada señora pensó que se trataría de un producto semejante a un plazo fijo, caracterizado por la seguridad en cuanto a la recuperación del capital, produciendo un rendimiento fijo…”.

Ada Vázquez Enguiz
Abogada Especialista en DIPr.

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