viernes, 14 de febrero de 2014

NUEVA SENTENCIA ESTIMATORIA: LA EMPLEADA DE BANKIA QUE VENDIÓ LOS PRODUCTOS AFIRMÓ SENTIRSE TAMBIÉN ESTAFADA POR LA ENTIDAD

En A. Terol Abogados volvemos a estar de enhorabuena. El pasado día 10 de febrero, el Juzgado de Primera Instancia nº 19 de Valencia dictó sentencia estimatoria, con condena en costas a Bankia, anulando las contrataciones de Obligaciones Subordinadas y Participaciones Preferentes. La demandante, es una profesora de 54 años licenciada en Psicología con perfil ahorrador, como así concluye la sentencia.

A continuación copiamos los extractos más relevantes de la sentencia:

“Dª xx (la empleada de la entidad demandada que vendió los productos) declaró que la información era la misma para todos los clientes y que “no se decía que podían perder su dinero, y además como era irreal que pudiera ocurrir, no se transmitía (a los clientes), no se decía nada sobre los riesgos”.
Dª xx manifestó que sólo se hablaba del riesgo de liquidez y que éste consistía en que pudieran tardar unos veinte días en vender los productos. La testigo manifestó que ella también se había sentido estafada.

En cuanto a las obligaciones subordinadas, Dª xx manifestó que la comercialización fue la misma en el año 2009 y 2010 y que respecto a los riesgos se comentaba el de liquidez en los mismos términos que ya había indicado anteriormente.

Dª xx declaró que no se informaba a los clientes de las posibles consecuencias de un declive de la entidad porque ni siquiera los empleados lo sabían.

(…)

En el supuesto de autos ha quedado probado que la demandante era un cliente de perfil ahorrador, conclusión que se deriva tanto de la documentación presentada por la actora como del escrito remitido por BBVA en el que se hace constar que la Sra. xx no es titular de deuda subordinada o participaciones preferentes en su entidad. Del canje de los productos objeto de litigio por acciones de BANKIA, no puede desprenderse una voluntad de confirmación de los contratos precedentes sino más bien la intención de evitar mayores pérdidas”.


Ada Vázquez Enguix
Abogada Especialista en DIPr

No hay comentarios:

Publicar un comentario