miércoles, 21 de octubre de 2015
LOS AUTÓNOMOS TAMBIÉN TIENEN DERECHO A LA JUSTICIA GRATUITA
En una reciente y novedosa Resolución de 1 de Octubre de 2015 (Auto 78/15), el Juzgado de 1ª Instancia de Alzira número 6 ha estimado las razones del recurrente contra la denegación de la solicitud que tanto el mismo como su esposa, hicieron para poder tener acceso a la Justicia gratuita. La Comisión de Justicia Gratuita de la Provincia de Valencia desestimó la solicitud porque entendía que los solicitantes tenían más ingresos de los que la norma establecía como máximo, sin tener ningún otro dato en cuenta. La importancia de la resolución estriba en que esa solicitud se realizaba por un trabajador autónomo que, como es obvio, para poder obtener los ingresos necesarios para satisfacer las necesidades de su familia necesita obtener una facturación previa. De este modo, un trabajador o trabajadora autónomo/autónoma factura más de lo que finalmente percibe.
El Juzgado ha sido sensible ante esa situación y así ha resuelto:
“…. Cuando la Ley de asistencia Justicia gratuita se refiere al cómputo de los ingresos brutos, esta Juzgadora entiende que se refiere precisamente a esto, que no deben descontarse de los ingresos que se perciban en la unidad familiar, otros gastos que puedan pesar sobre la misma. Entiendo que no puede referirse a que en el caso de los autónomos, los cuales como es sabido, facturan más de lo que realmente ingresan, no se tengan en cuenta los gastos de dicha actividad económica, lo cual sería absurdo pues no se garantizaría el derecho a la justicia gratuita a dicho colectivo profesional.”
Hay que felicitarse pues poco a poco, aunque con mucha lucha, el colectivo de autónomos ve reconocidos sus derechos como cualquier otro ciudadano que trabaja por cuenta ajena.
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