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David y Goliat - Caravaggio |
Esta sentencia pone fin a tres años de lucha contra lo que en su día constituyó una decisión administrativa arbitraria e irresponsable. El anterior equipo de Gobierno denegó el pago de los honorarios devengados por la empresa adjudicataria del Plan General, con la peregrina excusa de que “se habían presentado tres alternativas y ello no constituía un auténtico Plan General”.
Con independencia de que esas tres alternativas se confeccionaron por encargo del propio equipo de gobierno, el TSJCV es contundente cuando en el Fundamento Jurídico TERCERO, apartado 4,b dice textualmente:
“En cambio parece difícil de entender (y de dotar por tanto al argumento de un suficiente estrato de razonabilidad) que el hecho de que el mismo incluya, en la versión preliminar del PGOU varias alternativas, impide satisfacer el buen fin del contrato y excluye la posibilidad de que el Ayuntamiento continúe con los pasos legales que le encaminarán, en su momento a la publicación de ese nueva pieza ordinamental:
- Y es que los representantes políticos del municipio tienen en su mano (sin mayores dificultades añadidas) la simple posibilidad de elegir cuál de esas alternativas es la que más conviene a los intereses públicos, que de una forma vicaria, representan y defienden.
- … A la mano de la parte demandada se encontraba la simple opción de elegir entre las alternativas propuestas y seguir dando cumplimiento a los diversos trámites legales exigibles.
...
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 139.2 Ley Jurisdiccional, se imponen la totalidad de las costas procesales causadas en esta segunda instancia a la parte apelante.”
Los representantes de la Administración están para tutelar los intereses públicos y no para, haciendo bandera política de sus pretensiones, incluso puedan optar por no cumplir con sus obligaciones legales en perjuicio de aquel a quien contrata, con la cobertura de que después sus equivocaciones las pagará la ciudadanía, que es exactamente lo que sucede en este caso.
En A. Terol Abogados, estábamos convencidos de que a nuestro cliente le asistía la razón y así obtuvimos sentencia favorable en 1ª Instancia, que a fecha de hoy todavía no entendemos porque se recurrió originando con ello un enorme gasto que hoy deberá soportar el nuevo Ayuntamiento.
Harían bien los poderes públicos en calibrar quien tiene la culpa de los desaguisados que se cometen en la administración y desde luego actuar como se haría en cualquier empresa.
Arturo Terol Castera
Abogado Urbanista
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