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Dos viejos comiendo sopa - Goya |
El ansiado acuerdo adoptado ayer entre el Gobierno y los distintos partidos de la oposición, se aprobará mañana viernes 20 de enero.
Casi un mes después de la famosa sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea acuerdan aprobar un Real-Decreto “de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo”, cuando lo cierto es que a quien se pretende proteger es a las arcas del Estado por el gasto en la Administración de Justicia que cada procedimiento supondría, con independencia de que ello tenga efectos favorables o no al consumidor.
Será la entidad financiera la encargada de comunicar al consumidor si su hipoteca tiene cláusula suelo –lo que per se genera desconfianza-, y en su caso, podrá reclamar las cantidades pagadas demás. Se trata de un mecanismo voluntario para el consumidor, en el que básicamente, y si la reclamación es favorable, se fija una cantidad a percibir, si bien, la cantidad a devolver –si se acepta por el consumidor- podrá ser en efectivo u otro producto bancario.
El Real-Decreto alude en todo momento a los préstamos con cláusula suelo, pero nada dice acerca de aquellos casos en los que el cliente la haya cancelado o amortizado, así como aquellas personas jurídicas que actúen como consumidores en el préstamo hipotecario.
De momento las entidades financieras no se han pronunciado acerca del procedimiento que se seguirá, ni el inicio del mismo, no obstante, desde A. Terol Abogados, os aconsejamos que si sois titulares de un préstamo hipotecario, contacten con nosotros, a fin de estudiar si el mismo adolece de alguna cláusula abusiva –además de la cláusula suelo-.