lunes, 30 de marzo de 2020

FALTA DE TRANSPARENCIA DE LA CLÁUSULA IRPH TRAS LA SENTENCIA DEL TJUE


Tras el dictado de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea acerca de la nulidad por abusiva del índice IRPH inserto en un préstamo suscrito con un consumidor, se abre la posibilidad de reclamar a todo aquél que no haya sido informado debidamente conforme lo exigido por la Directiva en materia de protección al consumidor, y la jurisprudencia del TJUE que la interpreta.

Conforme a lo resuelto por la reciente sentencia, para la validez de la cláusula deberá reunir las notas de claridad y comprensibilidad, no sólo en un plano formal y gramatical, sino con una información anexa suficiente para entender el comportamiento e implicación de aplicar un índice de referencia u otro en el cálculo de intereses de un préstamo hipotecario, como la evolución del índice de referencia en el pasado y cómo podría evolucionar en un futuro. Si no se cumplen estos requisitos, tal y como establece la STJUE, debería ser declarada abusiva. Habrá que estudiar, además, la información contenida en la oferta vinculante o folleto informativo para constatar que el prestatario pudo informarse con antelación suficiente. La sentencia del TJUE es clara cuando concluye:

“Constituyen elementos especialmente pertinentes para la valoración que el juez nacional debe efectuar a este respecto, por un lado, la circunstancia de que los elementos principales relativos al cálculo del mencionado tipo de interés resulten fácilmente asequibles a cualquier persona que tenga intención de contratar un préstamo hipotecario, dada la publicación del modo de cálculo de dicho tipo de interés, y, por otro lado, el suministro de información sobre la evolución en el pasado del índice en que se basa el cálculo de ese mismo tipo de interés”.

Por lo tanto, la nueva sentencia del TJUE abre la vía para aquellos prestatarios cuyos préstamos estén referenciados al IRPH puedan recuperar todo lo pagado demás desde la suscripción del préstamo.


Ada Vázquez Enguix
Abogada Esp. DIPr

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